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¿Qué me puedo deducir en el piso que alquilo?

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La forma de deducir los costes de las obras realizadas en un piso en régimen de alquiler dependerá de la naturaleza de los mismos. En el post de hoy veremos los tipos de deducción por obras que hay si alquilas una de tus propiedades.
 
Los gastos por obras de reparación de averías, mantenimiento o sustitución de elementos deteriorados podrá deducirse directamente de los ingresos. La suma de dichos gastos, junto con los intereses de préstamos solicitados para comprar el piso, si existen, debe ser inferior a los ingresos obtenidos por el alquiler. Si se supera dicha cuantía, el exceso podrá compensarse con los ingresos por alquiler de los cuatro años siguientes.
 
En cambio, se considerará mejora si se han instalado elementos de los que antes no se disponía y, por tanto, son inversiones que aumentan la vida útil del inmueble. En este caso, no se puede computar directamente el gasto sino que habrá que amortizar dichos elementos.
 
Mientras las inversiones efectuadas para reformar la cocina y el baño se consideran gastos de mantenimiento y no de mejora, los desembolsos en muebles y electrodomésticos, serán deducibles a través de la amortización anual.
 
Sin embargo, la adaptación del mobiliario para permitir su uso a personas con discapacidad, como el cambio de una bañera por una ducha, sí nos permitiría incluirlos como gasto deducible. También lo haría la instalación de dispositivos para el ahorro de agua, gas o ventanas, para adaptarse a la normativa vigente.
 
Para que tengas información sobre las deducciones que se pueden aplicar tus inquilinos, solo podrán hacerlo contribuyentes que hubieran firmado un contrato de arrendamiento con anterioridad a 1 de enero de 2015 por el que hubieran satisfecho cantidades por el alquiler de su vivienda habitual. 

El Equipo de e-autonomos.es
El Equipo de e-autonomos.es

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