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Alquilar un vehículo en países comunitarios

Arrendamientos

La Unión Europea trajo consigo la posibilidad de abrir negocios fácilmente en otros países cercanos. Por ello, es posible que realices a veces viajes a otros países del territorio comunitario y si así fuese, puede también que alquiles algún coche para tus desplazamientos. ¿Sabes cómo debe ser tratado dicho arrendamiento en cuestiones fiscales?

La situación varía en función del número de días que alquiles el vehículo.

  • Si lo alquilas por un período inferior a 30 días, el arrendador deberá repercutir el IVA de su país y, para recuperarlo, deberás solicitar su devolución mediante el modelo 360.
  • Si lo alquilas por un periodo superior a 30 días, de forma ininterrumpida, el alquiler llevará IVA español. Por lo tanto, el arrendador te deberá hacer una factura sin IVA y tú deberás autorrepercutirte dicho impuesto.

Así, si vas a alquilar un vehículo en el extranjero por más de 30 días, asegúrate que no te cobran el IVA del país en cuestión, así evitarás tener que solicitar la devolución, que exista algún error y te denieguen el reintegro.

Juan Carlos López e-autonomos
Juan Carlos López e-autonomos

Asesor fiscal y abogado.
Responsable de las áreas fiscal y contable.

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